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Exención de Tasas (sin Capacidad de Pago)

Tramitar la exención de Tasas Municipales.-

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA


Dirección: Perito Moreno 72 (Edificio CAU)
Teléfono: 4133192 / 4133199
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 16:00, cada media hora

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA (CAU II)


Dirección: Paso de los Andes y Laprida – Villa Hipódromo. (Edificio CAU II)
Teléfono: 428-0724
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 16:00, cada media hora.

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA (CAU III)


Dirección: Sarmiento 585 – Local 32 – Paseo Staré - Puente Olive (Edificio Banco Supervielle)
Teléfono: 413-3203
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 12:30, cada media hora.

1- Presentar Declaración Jurada donde el solicitante manifieste su incapacidad de pago y que no cuente con ingresos periódicos. Además, deberá incluir que es Propietario o Adjudicatario de un único inmueble destinado a vivienda familiar, detallando nombre, apellido, número Documento Único y edad del grupo familiar conviviente, consignando su situación patrimonial, profesión e ingresos del grupo familiar.-

2- No tener deuda en el municipio en ningún concepto, es decir, estar al día con sus obligaciones tributarias o haber realizado Planes de Pago al día 31 de diciembre del año anterior de la solicitud.-

3- Fotocopia Documento Único de cada una de todas las personas que conviven en el domicilio (incluyendo al titular).-

4- Certificado de A.N.S.E.S a nombre de su esposa/o y de todas las personas mayores de edad que conviven en el domicilio donde conste si perciben algún haber.-

5- Acta de Matrimonio.-

6- Acta Defunciones (si es viuda/o).-

7- Certificado de única propiedad.-

8- Acta de Tenencia precaria.-

9- Certificado de Escolaridad.-

10- Certificados Médicos que certifiquen el estado clínico actual del solicitante.-

11- Gastos de medicamentos en general.-

12- Nº de Padrón Municipal.-

Personal

1- La exención de tasas es anual, es decir, la Solicitud debe presentarse cada año.-

2- Dirección de Rentas es receptor de la documentación, la que se deriva al C.A.U. para formar Expedientes.-

3- Tiempo Aproximado de Gestión: Inmediato.-

4- Costos: Según Ordenanza de Exención vigente.-

1- Ley Nº 9003 (Ley Provincial de Procedimiento Administrativo).-
2- Ordenanza de Exenciones Vigente.-

7 enero, 2018