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Exención de Derecho de Comercio e Industria para Personas con Capacidades Diferentes

Gestionar la exención del pago de Derechos de Comercio e Industria a titulares que presenten discapacidad real.-

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA


Dirección: Perito Moreno 72 (Edificio CAU)
Teléfono: 4133192 / 4133199
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 16:00, cada media hora

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA (CAU II)


Dirección: Paso de los Andes y Laprida – Villa Hipódromo. (Edificio CAU II)
Teléfono: 428-0724
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 16:00, cada media hora.

CENTRO DE ATENCIÓN UNIFICADA (CAU III)


Dirección: Sarmiento 585 – Local 32 – Paseo Staré - Puente Olive (Edificio Banco Supervielle)
Teléfono: 413-3203
E-Mail: cau@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a viernes previo obtención de turnos en la página web municipal de 8:00 A 12:30, cada media hora.

1- Ser Titular de la Actividad Comercial y tener iniciado el trámite de Habilitación de Comercios, Industrias, Servicios y Actividades Civiles.-

2- Presentar nota dirigida al Sr. Intendente Municipal en el Centro de Atención Unificada (ver Trámite de Recepción de Notas). La nota debe contener: apellido y nombre del interesado, tipo y número de documento, domicilio legal y real, motivo de la presentación y firma del interesado.-

3- Adjuntar documentación probatoria del pedido:

    a)Los interesados que quieran gozar de los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 5956/11 (discapacitados), deberán presentar Certificado original de Discapacidad extendido por Autoridad competente.-
    b)Fotocopia de la 1º y 2ª hoja del D.N.I. del interesado y de su grupo familiar directo.-
    c)Nº de Cuenta Municipal de Comercio o Nº de Expediente de Habilitación.-

4- Llenar Declaración Jurada correspondiente con datos personales y familiares solicitados por los agentes municipales.-

5- Obtener encuesta Socio-Económica (que se realiza en el domicilio del solicitante, por una Trabajadora Social de la Dirección General de Rentas y Catastro del municipio).-

Personal
On-Line

1- El trámite deberá iniciarse, en el Centro de Atención Unificada (remitirse a ¨Oficinas de Atención”), o a través de esa misma página web plataforma “CIUDADANÍA DIGITAL” en Iniciar Trámite/ módulo “Otros Trámites”.La exención podrá solicitarse si el interesado posee actividad de comercio, producción y/o servicio en una sola sede comercial.-
2- La actividad debe ser desarrollada personalmente por el beneficiario, no podrá tener empleados a cargo, salvo que se trate de familiares directos.-
3- En casos de existir más de un titular, estos deberán poseer idénticas condiciones personales.-
4- Aprobada la exención, ésta comprende el 100% de los primeros 8 meses y el 50% de los períodos restantes mientras dure la actividad, o no exista un cambio superior en el tope estable del aforo y exime los sellados y aforos de Habilitación de Comercios, Industrias, Servicios y Actividades Civiles.-
5- Puede realizarse en forma conjunta el trámite de habilitación y exensión, y no se cobrea ningún derecho.-

Tiempo Aproximado de Gestión: Dependerá del cumplimiento de los requisitos. -
Costos: exento de sellado, según Ordenanza Tarifaria vigente. -

1- Ley Nº 9003 (Procedimiento Administrativo).-
2- Ley Nº 24901 (Ley Nacional de Discapacidad).-
3- Ley Nº 5041 (Ley Provincial de Personas Discapacitadas).-
4- Ordenanza Nº 5380/2006 y 6217/2013 (Modificatoria).-
5- Ordenanza Tarifaría Vigente Art. 32º

Se puede consultar las normas legales en la web Digesto

7 agosto, 2023