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Inscripción en el Registro de Necesidades Habitacionales (RENHABIT)

Asesorar sobre las políticas habitacionales que se realizan en el departamento de Godoy Cruz.-

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA SOCIAL


Dirección: Joaquín V. González y Cipolletti (Hipermercado Libertad - Paseo de Compras)
Teléfono: 442- 9310 / 22
E-Mail: viviendasocial@godoycruz.gob.ar
Días y horarios de atención: Lunes a Jueves de 8 a 13hs. Inscripción RENHABIT: Lunes a Jueves de 8:30 a 13hs. Atención Profesionales: Lunes y Jueves de 8 a 12:30hs.

HAY DOS (2) INSTANCIAS:

Primera Instancia
Inscribirse en ficha de RENHABIT (Registro Provincial). Es un sistema informático que será completado por los agentes de la Dirección de Vivienda de la Municipalidad de Godoy Cruz y los interesados en calidad de postulante, los cuales deberán presentar al momento de dar sus datos verbalmente:
1- Impuesto que verifique su domicilio en el Departamento de Godoy Cruz
2- D.N.I. original del grupo familiar
3- Ingresos
4- Certificado de la Dirección de Discapacidad (en caso de tener algún miembro con discapacidad en al familia).-
IMPORTANTE: La inscripción en dicho registro NO GARANTIZA la incorporación a una operatoria de vivienda

Segunda Instancia
Solamente una vez incorporado a un emprendimiento habitacional se deberá presentar:
1- Fotocopia del D.N.I. del grupo familiar desde la primera hoja hasta donde se encuentre registrado su último domicilio
2- Fotocopia de Acta Matrimonial o Certificado de Convivencia
3- Fotocopia de Bono de Sueldo o Declaración Jurada de Ingresos
4- Las personas discapacitadas: presentar Certificado expedido por la Dirección de Discapacidad
5- Certificado de Bienes Raíces (otorgado por el Registro de la Propiedad) de:
* Titular
* Cotitular y de todos los miembros del grupo familiar mayores de 18 años
6- Certificado de Inhibiciones del Titular y Co-Titular

Personal

1- Trabajan tres actores fundamentales:
• El IPV (Instituto Provincial de la Vivienda).
• La Municipalidad de Godoy Cruz.-

2- Las Entidades, que presentan al municipio la demanda de sus asociados. (Las cuales pueden ser Uniones Vecinales, Mutuales, Cooperativas, Sindicatos, Centro de empleados, etc.) o propietarios de terrenos o grupos que hayan adquirido terrenos para la construcción de viviendas.

3- FUNCIONES DE LOS TRES ACTORES DE LAS POLÍTICAS HABITACIONALES
Instituto Provincial de la Vivienda: Financia y cumple la función de control en la evaluación y ejecución de los proyectos.-
Municipio: Prioriza y acompaña el proceso de organización de los beneficiarios y de construcción de las viviendas.
Entidades: Presentan al municipio la demanda en calidad de asociados.-

4- Actualmente se encuentra en vigencia el Plan Federal Plurianual Reconvertido. Este programa financia la construcción de viviendas y las obras de urbanización e infraestructura básicas: cordón, cunetas, banquinas y servicios.-

5- El dinero enviado no financia la compra de terrenos, por lo cual es condición necesaria que el interesado cuente con capacidad de ahorro para la compra del terreno. En este sentido el interesado deberá asociarse o conformar una Entidad Intermedia: Cooperativa, Unión Vecinal o Mutual, a fin de realizar la compra del terreno y de esta manera formar parte del listado de beneficiarios que dicha entidad presente a la Dirección de Vivienda de la Municipalidad de Godoy Cruz.-

6- Nota:
 a)- La política de vivienda se ejecuta a través de la descentralización de fondos, por lo cual, los proyectos priorizados por el municipio dependen financieramente de los fondos girados desde la Nación a la Provincia, y de allí al Municipio.
 b)- El Registro de demanda en (RENHABIT) no garantiza la incorporación a una operatoria de vivienda, dado que esto depende exclusivamente de las condiciones de admisión del Instituto Provincial de la Vivienda, de la disposición de fondos por parte del organismo y de los aportes realizados por el beneficiario.
 c)- Para consultas sobre el Plan Estratégico de Vivienda 2012-2016 llamar sin cargo al 0-800-8000-22727 de 8:00 a 18:00 o ingresar a la página web: www.mendoza.gov.ar/casas/

7- Tiempo Aproximado de gestión: Dependerá del cumplimiento de los requisitos.-

8- Costos: Trámite gratuito.

1- Ley Nº 9003 (Ley Provincial de Procedimiento Administrativo).-

7 enero, 2010