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Programa Mendoza Activa II – Actividad Docencia

El personal docente que resida o trabaje en Godoy Cruz podrá obtener el 50 por ciento de reembolso en la compra de computadoras, notebooks, tablets y netbooks (nacionales o importadas): el 40 por ciento a través del Gobierno provincial y el 10% por parte de la Municipalidad de Godoy Cruz.

Esta posibilidad se abre a quienes se desempeñen tanto en el ámbito público como privado y en todos sus niveles educativos (inicial, primario, secundario, universitario de grado, de educación superior, tecnicatura o terciarios).

Luego el subsidio se instrumentará a través de la la firma de un Convenio entre las partes intervinientes (persona humana y Municipio).

El porcentaje se aplica  al monto de inversión total del  proyecto aprobado, con topes establecidos en el  Pliego de Condiciones Personal Docente (PCPD) del Programa Mendoza Activa. (Tope de valor del bien: $ 120.000. Monto máximo del subsidio que reconocerá el Municipio: $ 12.000.-)

 

 

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y GESTIÓN DE EMPLEO


Dirección: Joaquín V. Gonzáles y Cipolletti (Hipermercado Libertad – Paseo de Compras)
Teléfono: 442-9357 / 9338
E-Mail: educacióngodoycruz@gmail.com
Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hs.-

Beneficiarios del subprograma "PROYECTOS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA PERSONAL DOCENTE”, del Programa Mendoza Activa II, previsto por la ley 9330 :
a. Personas humanas que se encuentren activas como personal docente, tanto en el ámbito público como privado y en todos sus niveles educativos (inicial, primario, secundario, universitario de grado),
b. Debe residir o desarrollar su actividad profesional en el Departamento de Godoy Cruz.
c. Debe haber presentado proyecto para la adquisición de computadoras, notebook y otros similares, en el marco del Programa Mendoza Activa II, promovido por el Gobierno de la Provincia de Mendoza.

No podrán ser postulantes en el presente subsidio y, en consecuencia, acceder a los beneficios de la Ley N° 9.330 y sus modificatorias:
1. Los sujetos previstos en el art. 6 de la Ley N°9.330:
a. Entidades gubernamentales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal)
b. Concesiones o contratistas del Estado, siempre que la propuesta se relacione con el cumplimiento de la obligación con la que se vinculan con el Estado nacional, provincial y municipal.
c. Personas humanas o jurídicas que hubieran incurrido en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial;
d. Personas humanas que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) - Ley Nº 6.879 y modificatorias.
2- Quienes tengan incumplimiento injustificado de la inversión en el Programa Mendoza Activa creado por Ley N° 9.243.
3- Quienes se encuentren incluidos en el registro de infractores creados por la Ley 9133.
4- Personal Docente Jubilado.

Documentación Requerida
a. D.N.I. del personal docente - titular beneficiario del programa (frente y dorso).
b. Constancia de C.U.I.L. del personal docente - titular beneficiario del programa del titular.
c. Acto Administrativo de la Provincia.
d. Constancia de CBU del postulante de la cuenta bancaria a la que se acreditarán los fondos.
e. Factura de acuerdo a normas legales, debe estar con el nombre y documento del docente , que incluyan especificaciones técnicas (marca y procedencia); precio unitario y total (neto de IVA si correspondiera).
f. Declaración Jurada de Cargos emitida a través del Sistema de Gestión Educativa de Mendoza (GEM). g. En el caso no poseer DDJJ emitido por el GEM: último recibo sueldo y nota firmada por Autoridad competente del Establecimiento en donde preste servicios.

On-Line

Para acceder al subsidio deberán realizar un trámite on- Line a través de la página web del Municipio: www.godoycruz.gob.ar, ingresando por la opción “CIUDADANÍA DIGITAL” (CIDI), donde deberá estar registrado. Cumplido este paso, podrá ingresar con usuario y contraseña, y realizar el trámite completando la información solicitada y adjuntando los documentos (archivos) en formato pdf.

En la plataforma deberá realizar una declaración jurada donde declara haber tomado conocimiento de los requisitos del subprograma, y haber registrado datos y documentación fehacientes de acuerdo a lo solicitado en el trámite web, además de aceptar como único domicilio fiscal electrónico el proporcionado por la plataforma CIDI.

Ley 9330
Ordenanza n° 7176
Ley de Procedimiento Administrativo Nº 9003
Decreto 2474/2021

1 septiembre, 2021