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Decomisan 30 kilos de pirotecnia clandestina

Piro decomisada

Decomisan 30 kilos de pirotecnia

La Municipalidad de Godoy Cruz decomisó 30 kilos de pirotecnia clandestina de un local que funcionaba sin autorización, ubicado en la calle Colón de Godoy Cruz.

En virtud de los operativos constantes que realiza la Dirección de Inspección General y Fiscalización, el local, ubicado en una céntrica calle del departamento, fue detectado en forma inmediata y se procedió a su inmediata clausura. La mercadería fue derivada al REPRIV, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia, para su posterior destrucción.

Se recuerda que se continuará con los operativos permanentes para prevenir y desterrar la venta clandestina, por lo que los comercios que no hayan realizado los trámites pertinentes serán clausurados.

Durante el mes de diciembre se estuvieron habilitando locales exclusivos para la venta de pirotecnia, a los efectos de cumplir con lo establecido por la Ley provincial 8632/13 y las Ordenanzas vigentes.

La normativa vigente establece la prohibición total de la venta en la vía pública, bajo pena de secuestro y decomiso inmediato. También está prohibido el expendio a menores de 16 años de cohetes o petardos de gran combustión y la instalación de cualquier tipo de establecimiento cuyo objeto sea la producción de elementos de pirotecnia, por lo que los comerciantes que quieran venderlos, deberán solicitar habilitación municipal e inscripción en el REPAR.

 

Controles

 

Los locales para distribución y comercialización de pirotecnia autorizados deben observar las siguientes disposiciones:

  1. El almacenamiento será permitido únicamente en forma temporal.
  2. Sólo podrá realizarse el depósito y la venta de dichos elementos mediante autorización expresa del municipio y en los locales adecuados que cumplan con los siguientes requisitos: ser sismorresistentes, pisos, paredes y techos de material ignífugo, ventilación natural con aberturas para escapes de gases y humo, iluminación natural o en caso de luz eléctrica debe ser embutida, blindada y preferentemente antiexplosiva, contando con salida alternativa. En tanto que los stands ubicados en playas de hiper o centros comerciales deberán poseer un cerco de seguridad  a una distancia mínima de 5 metros.
  3. Poseer señalización y cartelería que indique el número de autorización municipal y del REPAR; la prohibición de fumar y utilizar encendedores y fósforos, peligro explosivo, prohibida venta menores 16; teléfonos de urgencia y la señalización de salidas de emergencia.
  4. Contar con extintores debidamente ubicados y señalizados.

 

Además, el material que se ofrezca a la venta sólo podrá ser el autorizado por Fabricaciones Militares. La veda para la comercialización de pirotecnia se levanta sólo UN mes al año, en diciembre, y la que se utiliza el resto del año (en festejos populares como por ejemplo la Vendimia) es material controlado y autorizado específicamente para esos usos.

El fin de estas medidas es ayudar a la prevención de accidentes y concientizar a la población de la importancia de hacer un uso racional de estos peligrosos elementos.

23 diciembre, 2015