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Godoy Cruz le dice basta a la exhibición de animales en los petshops

El Honorable Concejo Deliberante de Godoy Cruz aprobó por unanimidad la ordenanza que prohíbe la exhibición de animales en los petshops que se encuentran dentro de los límites del departamento.

perritos

El proyecto fue presentado por el presidente del HCD  César Cattaneo trabajado en conjunto con el concejal Sergio Biskupovich. La ordenanza recientemente aprobada se tomará como modelo en el resto de las comunas que forman UNICIPIO.

 

Con esta ordenanza, la Municipalidad de Godoy Cruz busca desalentar la adquisición compulsiva y la cosificación de los animales de compañía, así como también la utilización de su imagen con fines de lucro y se acopla a las políticas contra el maltrato animal que lleva adelante la comuna.

 

A su vez, esta ordenanza también pretende evitar la compra compasiva ya que muchas personas compran animales con la intención de “sacarlos de la jaulas” en las que son expuestos.

 

Dentro de los artículos (son 25) que se destacan en la ordenanza aparecen:

Artículo 1: Prohíbase la exhibición de animales domésticos o silvestres, autóctonos o exóticos de cualquier especie, sexo y edad con fines de compraventa u ofrecimiento a título oneroso o gratuito, en forma permanente o temporal.

 

La prohibición aplica para la exhibición en: vidrieras, jaulas o análogos en veterinarias, acuarios o comercios de cualquier tipo; ferias o mercados; espacio público.

 

Artículo 2: A los fines de la presente ordenanza se entiende por:

  • Animales silvestres: Especies que viven libres e independientes del dominio del hombre, en ambientes naturales o artificiales, proveyéndose su propio sustento, sujetos a procesos de selección natural y que evolucionan como parte integral y funcional de los ecosistemas.
  • Animales silvestres autóctonos: Especies exclusivas, también denominadas endémicas, de una zona geográfica concreta, que suelen obedecer a razones de orden climático, nutricional o paisajístico, de manera que coinciden una serie de condiciones que favorecen su nacimiento y desarrollo en ese lugar y sólo en ese.
  • Animales silvestres exóticos: Especies no nativas del lugar o del área en que se encuentran  introducidas, y que ha sido accidental o deliberadamente trasladadas a una nueva ubicación por el hombre.
  • Animales domésticos: Especies que, a lo largo de varias generaciones, se encuentran integradas a la vida cotidiana del ser humano como animales de compañía, dependiendo del hombre para su supervivencia.

 

El municipio comenzará con campañas oficiales de publicidad que se llevarán en conjunto con profesionales (veterinarios), ONGs de protección y defensa de la fauna y organismos públicos relacionados.

 

Además se determinó un régimen de sanciones y actas de infracciones y se estableció una clasificación de faltas donde también figurará un registro de infractores.

3 octubre, 2016