- En caso de que la licencia a renovar supere por 90 días después del vencimiento se deberá realizar un trámite original.
Es aquella expedida por haberse solicitado la incorporación de una nueva clase o subclase Profesional a licencia nacional de conducir y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación. En el caso de solicitar categorías profesionales, solicitante posea 1 año de (2 años en caso de discapacitados) de licencia particular como así también 21 años de edad.
Las personas mayores de 71 años que cobren la jubilación mínima están eximidos del pago de tasa municipal, el cual lo tienen que solicitar en el CAU N° 1.
ATENCIÓN
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Horario de verano: de lunes a viernes de 7 a 17, del 1 de noviembre al 31 de marzo
Horario de invierno: de lunes a viernes de 8 a 18, del 1 de abril al 31 de octubre
Es la que se expide por razones de cambio de jurisdicción, hurto, robo pérdida y/o extravío y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación.
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Horario de verano: de lunes a viernes de 7 a 17, del 1 de noviembre al 31 de marzo
Horario de invierno: de lunes a viernes de 8 a 18, del 1 de abril al 31 de octubre
Es la que se expide por razones de cambio de jurisdicción, hurto, robo pérdida y/o extravío y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación.
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Horario de verano: de lunes a viernes de 7 a 17, del 1 de noviembre al 31 de marzo
Horario de invierno: de lunes a viernes de 8 a 18, del 1 de abril al 31 de octubre
Es aquella expedida en reemplazo de la licencia original por haber vencido su plazo máximo de vigencia.
La misma se puede llevar a cabo 30 días antes y hasta 90 días posteriores a su vencimiento
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Horario de verano: de lunes a viernes de 7 a 17, del 1 de noviembre al 31 de marzo
Horario de invierno: de lunes a viernes de 8 a 18, del 1 de abril al 31 de octubre