Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez

La Municipalidad lleva adelante acciones claras y concretas para dar respuesta y acompañar al adulto mayor, sobretodo a quiénes, por distintas causas, han debido sobrellevar a solas la cuarentena

Desde el inicio de la pandemia se garantizó a las personas mayores de los sectores más vulnerables de Godoy Cruz, la asistencia alimentaria en sus domicilios.  Esta entrega brinda respuesta al derecho de la alimentación y su acceso en contexto de Covid-19.

A través de los grupos de WhatsApp y llamadas telefónicas se da respuesta y acompañamiento  a nuestros mayores en diferentes temas como salud y asistencia psicológica, comunicando sobre la disponibilidad de la campaña de vacunación y brindando información sobre recetas de OSEP y Pami, entre otros.

Con respecto a recreación y deportes, se llevó a cabo una estrategia para llegar a la mayor cantidad posible de adultos mayores. Una de ellas fue, desde la cuenta de Facebook de la Secretaría de Desarrollo Humano, transmitir en vivo tres veces por semana clases de gimnasia preventiva. También se refuerza el estado físico de los adultos por medio de videos con ejercicios enviados por mensajes personalizados. Para enseñar sobre el uso de las tecnologías, se elaboraron tutoriales explicando, por ejemplo, cómo enviar archivos y hacer videollamadas por WhatsApp, entre otras.

Florencia Santoni, Secretaria de Desarrollo Humano, y Martín García, Subdirector de Políticas Sociales, coincidieron en señalar que «se acompaña y ayuda a las personas mayores en su vida cotidiana, pensando en su bienestar integral y buscando la protección de sus derechos».

Por otra parte Santoni agregó que «en cuanto a las prestaciones bancarias e ingresos, se los asesora sobre el cronograma de cobro de jubilaciones y pensiones y en la tramitación de la tarjeta».  Asimismo se les proporciona frecuentemente información oficial y actualizada sobre COVID-19 con recomendaciones y medidas de prevención, entre otras.

Para quienes no tienen acceso a la tecnología se entrega un cuadernillo en su domicilio, para hacer ejercicios físicos, mentales y de entretenimiento. «Además de responder las consultas y dudas que puedan tener», finalizó el Subdirector.

El 15 de junio la Asamblea General de las Naciones Unidas, designó esta fecha como expresión de oposición a los abusos y sufrimientos infligidos a los mayores.

Por su parte la Organización de Estados Americanos en 2015 aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Argentina en 2017. Esta convención tiene como objetivo promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el goce y ejercicio de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. Lo que debe suceder en condiciones de igualdad para su inclusión, integración y participación en la sociedad.

Los vínculos sociales suponen relaciones personales e interpersonales en los que se dan distintos ejercicios de poder entre las partes. Cuando el poder es mal ejercicio se traduce en maltrato o violencia. El maltrato es la acción y omisión, única o repetida, contra una persona que produce daño a su integridad física, psíquica y moral y que vulnera el goce o ejercicios de sus derechos y libertades fundamentales, independientemente de que ocurra en una relación de confianza.

Decálogo del buen trato

  • Aprendé sobre el envejecimiento
  • Todo el mundo merece ser tratado con respeto y dignidad
  • Escuchá a los mayores siempre con atención y respetá sus opiniones
  • Acompañarlos no solo es estar con ellos, sino compartir tu tiempo
  • Apoyá a los mayores y ayudarlos a resolver sus necesidades
  • Demostrales tu amor con abrazos, caricias y sonrisas
  • Aceptá a los mayores como son, forman parte de tu historia
  • Ayudar a los mayores es dejar que también ellos te ayuden
  • Reconocé y aceptá su sabiduría, su cultura y sus experiencias de vida
  • Tratalos como te gustaría que te traten a vos

 

Los derechos de las personas mayores

  • Igualdad y no discriminación por razones de edad.
  • Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez.
  • Derecho a la independencia y a la autonomía: se reconoce el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a desarrollar una vida autónoma e independiente, a elegir su lugar de residencia,  dónde y con quién vivir.
  • Derecho a la participación e integración comunitaria.
  • Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia.
  • Derecho a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.

Derecho a la salud

  • Derecho a dar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud. Las instituciones y los profesionales de la salud no pueden realizar ningún tratamiento, intervención o investigación de carácter médico o quirúrgico sin el consentimiento de la persona mayor.
  • Derecho a recibir servicios de cuidado a largo plazo.

Derecho a la libertad personal.

  • Derecho a la libertad de expresión, de opinión y al acceso a la información.
  • Derecho a la nacionalidad y a la libertad de circulación.
  • Derecho a la privacidad y a la intimidad.

Trabajo y seguridad social

  • Toda persona mayor tiene derecho a la seguridad social para llevar una vida digna.
  • La persona mayor tiene derecho al trabajo digno y decente y a la igualdad de oportunidades y de trato con los otros trabajadores, sea cual fuera su edad.

Educación y cultura

  • La persona mayor tiene derecho a la educación en igualdad de condiciones con otros sectores de la población y sin discriminación.
  • La persona mayor tiene derecho a su identidad cultural, a participar en la vida cultural y artística de la comunidad y a compartir sus conocimientos y experiencias.
  • Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte.

Derecho a la propiedad

  • Ninguna persona mayor puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley.
  • Derecho a la vivienda.

Medio ambiente

  • Derecho a un medio ambiente sano

Derechos políticos

  • La persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminada por motivo de edad.
  • Derecho de reunión y de asociación.

Situaciones de riesgo

  • Se debe proteger a las personas mayores de edad en situaciones de riesgo, como conflictos armados, emergencias humanitarias y desastres.

Acceso a la justicia

  • Igual reconocimiento como persona ante la ley. La persona mayor tiene capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.
  • La persona mayor tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.
  • La actuación de los jueces debe ser rápida si se encuentra en riesgo la salud o la vida de la persona mayor.

junio 13, 2020


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